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¿Qué descuento tengo en la compra de un coche si tengo minusvalía?
Descuento en el IVA
Las personas con minusvalía que se vayan a comprar un coche tienen una reducción en el pago del IVA y la exención del Impuesto de matriculación, que se aplicarán siempre que se cumplan las condiciones requeridas.
Descuento compra coche minusvalía: impuesto de matriculación
¿Qué porcentaje de minusvalía hay que tener para no tener que pagar Impuesto de Matriculación?
el 33% o superior. Si tienes ese porcentaje o más estarías exento.
Impuesto de circulación
Igual que en el punto anterior, si tienes más de un 33% estarías exento de pagarlo.
¿Qué requisitos deben cumplirse si vas a comprar un coche y te quieres aplicar el descuento por tener minusvalía?
Deben cumplirse todos los siguientes requisitos:
- Que hayan transcurrido al menos 4 años desde la matriculación de otro vehículo en análogas condiciones.
- Que el vehículo comprado con estos beneficios no sea objeto de una transmisión posterior durante el plazo de los 4 años siguientes a la fecha de su matriculación.
¿Qué ocurriría si se vende o transfiere posteriormente el vehículo comprado con el descuento por minusvalía?
estaría obligado a liquidar el impuesto del que se benefició en el momento de la compra.
¿Cuáles son las ventajas fiscales en la compra de coche con descuento por minusvalía?
Las ventajas fiscales son:
- Exención en el Impuesto de matriculación.
- Reducción del IVA al 4%.
- Exención en el pago del Impuesto municipal de Circulación (también denominado Impuesto de vehículos de tracción mecánica, IVTM)
EJEMPLO:
La diferencia de iva si te compras un coche, tienes minusvalía y no lo acreditas, y el precio del coche es de 20.000 €, sería de 3.400 € que pagarías de más ya que que el tipo normal sería del 21% (4.200 € de iva) y el reducido del 4% (800 € de iva)
¿Quienes pueden beneficiarse del descuento en la compra de un coche si tienes minusvalía ?
¿Podría utilizar el vehículo una persona diferente al titular con la minusvalía?
Una de las condiciones que se exige para beneficiarse de estas ventajas o ayudas en el precio, es que sólo se aplicarán a los vehículos automóviles matriculados a nombre de minusválidos para su uso exclusivo
Es importante que se encuentre siempre a bordo del mismo cuando circule, con independencia de que lo conduzca otra persona).
Tambien se admitirá si se demuestra que la persona que lo lleva, lo hace para satisfacer determinadas circunstancias del interés de la persona minusválida. Si por ejemplo lo usa para llevarlo al taller, pasar la ITV, etc… también podría
A la hora de comprar el coche, ¿es obligatorio matricularlo a nombre de la persona con minusvalía?
No necesariamente. Se podrá matricular a nombre de:
- la propia persona discapacitada.
- del cónyuge del discapacitado o tenga una relación de parentesco en línea directa o colateral hasta del tercer grado, inclusive.
- la pareja de hecho de la persona con discapacidad, siempre que estén inscritos en el Registro de parejas o uniones de hecho de la Comunidad Autónoma de residencia.
- del tutor, representante legal o guardador de hecho del discapacitado siempre que tenga acreditada esta condición.
- o se podrá poner a nombre de una persona que demuestre la convivencia con el discapacitado mediante certificado de empadronamiento o por tener el domicilio fiscal en la misma vivienda.
- en el supuesto de que el vehículo sea adquirido por una persona jurídica, que la misma esté desarrollando actividades de asistencia a personas con discapacidad o, en su caso, que cuente dentro de su plantilla con trabajadores discapacitados contratados que vayan a utilizar habitualmente el vehículo.
En todos estos casos quedará acreditado el requisito imprescindible de que el destino del vehículo es el transporte habitual de personas con discapacidad en silla de ruedas o con movilidad reducida y de esta forma no habrá problemas con la Agencia Tributaria.
Hay que aclarar que la Ley ha establecido el concepto de transporte habitual y no de transporte exclusivo del minusválido.
Por tanto, no es necesario que el vehículo se destine únicamente al transporte de la persona minusválida
Descuento por discapacidad a la hora de comprar un coche: te explicamos lo que necesitas saber
¿ Valen todo tipo de vehículos?
Dado que quienes deben ser transportados son personas con minusvalía en silla de ruedas o con movilidad reducida, el vehículo debe tener capacidad suficiente para trasladar al minusválido en su silla de ruedas, en el primer caso.
Tratándose de personas con movilidad reducida, el vehículo también debe ser apto para el transporte de las mismas, por lo que una motocicleta, por ejemplo, no cumpliría este requisito.
¿Qué personas deben ser transportadas?
Por un lado, personas con minusvalía en silla de ruedas y, por otro, personas con movilidad reducida.
a) Las personas con minusvalía son aquéllas cuyo grado sea igual o superior al 33 por ciento.
Para la correcta aplicación del artículo es necesario que la persona minusválida, además de acreditar el grado de minusvalía antes mencionado, se desplace en silla de ruedas.
Si la persona minusválida no necesita la silla de ruedas para realizar sus desplazamientos, entonces se encontrará fuera del ámbito subjetivo del precepto.
b) las personas con movilidad reducida, serán consideradas como tales las personas cuya movilidad se encuentra disminuida debido a causas físicas (sensoriales o motrices), deficiencias intelectuales, edad, o cualquier otra causa de discapacidad manifiesta para utilizar un medio de transporte y cuya situación requiera atención especial o adaptación de los servicios disponibles habitualmente a los pasajeros en general.
El medio de prueba de la reducción en la movilidad será el certificado o la resolución expedidos por el IMSERSO o el órgano competente de la Comunidad Autónoma en materia de valoración de minusvalías.
También serán consideradas personas con movilidad reducida, a efectos de lo dispuesto en el artículo 91.Dos.1.4º de la Ley 37/1992, las siguientes:
– Las personas ciegas o con deficiencia visual afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (O.N.C.E).
– Las personas para cuyo uso se haya adquirido o adaptado un vehículo y que tengan derecho a la utilización de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad, expedida por las Corporaciones Locales.
Si tienes alguna duda del artículo que has leido → contacta con nuestro equipo de asesores fiscales.
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Buenas tardes Edudardo. Da igual que sea de una u otra, si lleva iva y cumples lo requisitos puedes beneficiarte del dto en el iva. Un saludo.
Buenas tarde Manuel. Si cumples lo requisitos y tienes movilidad reducida si que podrías. Saludos.
Buenas tardes Chema, si no tienes movilidad reducida no te van a reconocer el descuento en el iva. Lo siento. En el caso de que pusieses debes ser tu el que aporte la documentación al concesionario como que cumples lo requisitos. Un saludo.
Buenas tardes Suso,
Efectivamente se trata de uso habitual y no exclusivo esto quiere decir que se entiende que normalmente lo vas a usar para desplazar a tu hijo pero también puedes ser tu el que circule con el vehículo para uso personal, llevarlo al taller, pasar la ITV, etc sin que vaya él. En tu caso además al ser hijo y haber linea directa de consanguinidad puedes ponerlo a tu nombre perfectamente. Un saludo.
Buenas tardes Rafael. Si cumples los requisitos no hay importe máximo. Un saludo.
Buenas tardes Perico.La guardia civil no se va a meter con eso, si cumples los requisitos, aplica el descuento en el iva y no temas por eso. Un saludo.
Buenas tardes Francisco; en el caso de que compres un coche solamente y si cumples otros requisitos. Un saludo.
Buenas tardes Pilar, efectivamente al no tener movilidad reducida el concesionario no te puede aplicar el % de iva reducido. Lo siento. Lo de la matriculación ya es algo especifico de temas de vehículos pero yo lo veo caro, pregunta en una gestoría de tu zona que te pueden cobrar por ese tramite porque seguro que es mucho menos y te puedes ahorrar un dinero. Un saludo.
Hola Manuel, es importante que tenga reconocida la movilidad reducida para aplicar la reducción en el iva. Un saludo.
Buenas tardes Andres, es un vehículo igual que cualquier otro, si cumples los requisitos puedes aplicarte la reducción en el iva. Un saludo.
Buenas tardes Carlos, si tienes reconocida la movilidad reducida si que podrías. Un saludo.
Buenas tarde Miguel, si que podrías aplicarte la reducción del % de iva (en vez del 21% pagarías un 4%). Al ser hija (linea directa de consanguinidad) puedes ponerlo a nombre de tu mujer o tuyo sin problema. Un saludo.
Buenas tardes Pablo, entiendo que lo que quieres decir es que con el certificado de descapacidad te pueden decir en la Agencia tributaria si te corresponde no? Lo que te digan en la Agencia tributaria es lo que vale. Un saludo.
Buenas tardes Abel, se aplica al precio total sobre el que compres el coche. Si el coche te cuesta 10.000 €, pagarías 400 € de iva en vez de 2.100 €. Un saludo.
Buenas tardes Rosa, si que estarías exenta. Un saludo.
Buenas tardes Astrud, lo siento pero no entiendo bien tu pregunta. Si te explicas mejor intentaré ayudarte. Un saludo.
Hola, tengo una hija con un 75% de minusvalía y movilidad reducida, y actualmente tengo tarjeta de aparcamiento. Tengo dos preguntas; la primera es saber si puedo poner el coche a mi nombre y beneficiarme de la reducción; la segunda es saber si el coche tiene un precio máximo para beneficiarse de la exención.
Gracias
Hola Alvaro buenos días, la respuesta a la primera pregunta es sí, lo puedes poner a tu nombre. La respuesta a la segunda pregunta es no. Un saludo.
Buenas tardes, mi padre dispone de una minusvalía visual del 66% acreditada. Con esta minusvalía visual, la duda seria:
– ¿Puedo ser yo el titular del vehiculo?
– ¿Que pasos debo de seguir para poderme beneficiar de la exención del impuesto de matriculación e iva (en Barcelona)?
Gracias por vuestra ayuda!
Buenos días Ferran, si que podrías. Si que podrías ser titular y deberás cumplir los requisitos y que te hagan la factura con el 4%. Saludos.
buenas tardes yo tengo una minusvalia del 33% por la seguridad social y soy pensionista retirado por accidente laboral pero el imas no me reconocio el 33% tengo derecho a las reducciones del iva para la compra de un vehiculo nuevoy tengo 2% de movilidad reducida
Buenos días Salvador, lo siento pero no tendrías derecho, exigen el mínimo del 33% y tampoco tienes la movilidad reducida. Un saludo.
Buenas noches, mi nombre es Montse soy de Barcelona y mi pregunta seria la siguiente:
Tengo un grado de minusvalia del 53% pero nada de movilidad reducida, y estoy mirando coche. Tengo derecho a ese 4% de IVA? En el concesionario solo me dicen que por los gases que emite el coche no me ahorro el impuesto de matriculación pero no se si me engañan?
Buenas Noches Montse, al no tener la movilidad reducida no tendrías derecho a aplicar el 4% de iva. Lo siento. Un saludo.
Hola buenas tardes,tengo una minusvalia del 33% reconocida por poliomielitis, pero no tengo baremada movilidad reducida. Tengo derecho a IVA del 4% al comprar coche nuevo.LOL
Buenas Noches Lola, al no tener la movilidad reducida no tendrías derecho a aplicar el 4% de iva. Lo siento. Un saludo.
hola buenas tardes!! al tener minusvalia completa me dicen que me quitan todo el iva es eso cierto??
Hola Jose Joaquin, te podrías aplicar el 4% en vez del 21%. Un saludo.
Buenas tardes mi madre tiene un 65% de minusvalía y un 8 de grado de movilidad reducida creo que si da lo requisitos no?. Y otra pregunta el coche lo utilizaría yo también para ir al trabajo es factible un saludo y gracias
Buenas tardes Goyo, en principio si que podría ya que cumple los requisitos y a la segunda pregunta se suponen que es para ser utilizado por la persona que tiene minusvalía y por familiares de hasta segundo grado siempre que se cumplan el resto de requisitos. Saludos.
Hola sergio,quiero comprar un coche puesto que mi padre tiene un grado de discapacidad del 65% y el baremo de movilidad es negativo,yo soy la que se encarga de llevarlo y quería saber si se me aplicaría el 4% a la hora de la compra y si el coche tendría que ir a su nombre obligatoriamente y en caso de que así fuera qué pasaría si pasara algo y el no fuera conmigo,gracias.
Buenos días Elisabeth, en principio si que podrías beneficiarte del dto en iva y poner el coche a tu nombre. La normativa establece el concepto de transporte habitual y no de transporte exclusivo del minusválido. Por tanto, no es necesario que el vehículo se destine únicamente al transporte de la persona minusválida
Hola, Sergio. Tengo un coche de más de 10 años a mi nombre. Soy guardador y convivo con mi padre minusválido (33%). Entiendo que puedo comprar un coche y matricularlo a mi nombre beneficiándome de las ventajas fiscales. ¿Podría, además, acogerme al plan PIVE?
¡Muchas gracias!
Buenos días Josep, podrías siempre y cuando cumplas lo de movilidad reducida. Un saludo.
El descuento depende d la emision del coche.?
Buenas tardes Unai, no tiene nada que ver. Un saludo.
Hola desde vigo mañana viajo a coruña a comprar un coche del año 2008 el titular lo compro en su momento se beneficio es minusvalido yo pago la transferencia pago mas por ese motivo
Buenos días Juan Carlos, no entiendo bien la pregunta. Pon más detalles e intentaré ayudarte. Un saludo.
Tengo una minusvalía física del 80% y movilidad reducida del 7% sin ayuda de tercera persona,al comprar un coche a mi nombre cual sería la reducción del IVA y del impuesto de matriculación.Gracias
Buenas tardes Jose Antonio, pagarías el 4% en vez del 21% y el impuesto de matriculación dependerá de cada comunidad pero seguro que tendrás descuento o exención. Un saludo.
Buenas noches, mi madre tiene movilodad reducida. Podría poner el coche solo a mi nombre y beneficiarme de la reducción del IVA? Y si es así, la matriculación y el impuesto de circulación los tengo que pagar?? Gracias.
Buenos días Sara, la Ley ha estable el concepto de transporte habitual y no de transporte exclusivo del minusválido. Por tanto, podrías llevarlo tu. Lo de la matriculación e impto de circulación pregúntalo en tu ayuntamiento ya que cada uno tiene unas bases en este sentido.
Hola buenos dias, tengo un 70% de grado de minusvalía y de movilidad cero. El grado de minusvalía es por enfermedad y tengo un brazo que no puedo hacer nada de esfuerzo con él.
Tengo derecho a la reducción de IVA?
Yo no tengo carnet de conducir, con lo cual, lo llevará mi marido. Si lo pongo a mi nombre lo del impuesto de circulación y la matriculación me lo aplican? Y si lo pongo a su nombre se lo aplicarán también por tener la pareja con minusvalía o no?
Buenos días Maribel, si no tienes la movilidad no podrías beneficiarte del dto en el iva. Lo siento. Un saludo.
Hola tengo un 70%de minusválida, si compro un cache de segunda mano estaría el IVA reducido al 4% ?? Gracias
Buenas tardes Olayo, si siempre cuando cumplas todos los requisitos. Un saludo.
Buenas tardes,
Quería preguntaros si el IVA al 4% se aplica a la base imponible del vehículo o al total del importe.
Me refiero si los gastos de matriculación (gastos de gestoría del concesionario), transporte (son 180€ más que cobran y suman al precio del coche), se ponen al 4% o al 21%.
Gracias,
Buenos días Alvaro, se aplica a la base imponible. Un saludo.
Buenos días Sergio,
Presenté la solicitud para el IVA al 4% en la compra de una moto y me lo han denegado. Tengo un 34% de minusvalía y movilidad reducida acreditada y no sé el motivo para denegarlo…
Sabes si se puede tratar de un error y puedo recurrir o normalmente se deniega?
Gracias,
Buenas, mi Padre tiene un 77% y la invalidez total, la enfermedad es porque ha perdido un 70% de la vision y le impide conducir ya que era su trabajo habitual. Puede pedir el 4% de IVA para adquirir un vehiculo?
Gracias
Buenos días Ana, en principio si que pdorías. Coméntalo en el concesionario donde te lo vayas a comprar. Un saludo.
hla cmo le va quisiera saber si a mi me corresponde tengo un 70% de incapacidad motris tuve un acidente soy jubilado y tengo el certificado de discapacidad gracias
Buenos días Guillermo, tendrías que tener también el certificado de movilidad reducida. Un saludo.
Hola Sergio, a mi esposa le han reconocido un grado de discapacidad del 45% y baremo de movilidad negativo (0).Ha recibido junto al dictamen una tarjeta plastificada de la Comunidad de Madrid con validez PERMANENTE . Mi pregunta es si tiene derecho al comprar coche a la reducción del IVA.
Buenos días Anastasio, al no tener la movilidad reducida no podría beneficiarse del dto en iva. Lo siento. Un saludo.
Hola tengo un 38% de minusvalia,limitación de columna reducida con baremo de 4,5 puntos, tendría derecho a la reducción del iva al comprar un coche?
La movilidad reducida va en función de cada comunidad, te recomiendo que vayas a la Admón que te corresponda y hagas allí la consulta. En Murcia por ejemplo se necesitaría un 7%, tendrías que ver en tu comunidad que % aplican. Un saludo.
Buenas tardes, me llamo Eugenio y tengo la condición de minusválido según el R.D. 1723/81 de 24 de Julio. O.M. de 5 de Enero de 1982. Presento un grado de minusvalía de 38%. Me lo concedieron el 16/11/95 con las siguientes afecciones:
1) Limitación funcional de columna por espondilitis anquilopoyetica de etiología inmunologíca
2) Enfermedad de aparato digestivo por enfermedad de Crohn de etiología inmunologica
Según los valores de aquel entonces el grado de discapacidad era del 33% y por factores sociales establecieron una puntuación de 4.5 puntos, lo que hace un total de minusvalía del 38%.
La pregunta es, si con estas circunstancias tengo derecho a la reducción del IVA al 4% en Castilla la Mancha a la hora de la compra de un coche nuevo,
Muchas gracias y un saludo
Buenos días Eugenio, lo del 33% lo cumples pero tendrías que tener también reconocido el % de movilidad reducida para poder aplicar también el 4%. Un saludo.
Hola Sergio,
Mi made tiene un 33% de minusvalia. No tiene movilidad reducida.
Actualmente, ella no paga el impuesto del Ayto de otro coche (Es un coche de segunda mano que se compro hace 2 años. La compra de ese coche no fue con Iva reducido).
Sin vender éste coche que menciono, ¿Podria optar a comprar un coche nuevo con IVA reducido al 4%?
Buenas tardes Diego, al margen de que en el otro coche no pago el impuesto de circulación, al no tener movilidad reducida no podrá aplicarse el dto en iva. Un saludo.
Hola Sergio, mi hija tiene reconocida una minusvalía superior al 33% pero el baremo por movilidad reducida no la es de aplicación por tener menos de 2 años.
En cambio, tiene reconocido un GRADO III de la Ley de dependencia. Ese grado reconoce (por definicion) que la persona en cuestión no es autosuficiente y necesita de terceras personas.
La pregunta seria, ¿podría beneficiarme del IVA reducido? ¿conoces algún caso en el que la AET reconozca este GRADO cómo equivalente al de movilidad?
Buenas tardes David, te recomiendo que vayas a la Administración de Hacienda de tu comunidad y hagas allí la consulta ya que es un caso excepcional. Un saludo.
Buenas noches Sergio.
Mi hermano residente en la Comunidad Valenciana tiene un grado de discapacidad global del 65 % por perdida de agudeza visual binocular grave y movilidad reducida con 0 puntos. Mi hermano está afiliado a la ONCE y tiene su carnet.
Atendiendo a la información que indica la página web y que copio abajo., mi hermano puede solicitar el Iva reducido del 4%., porque está afiliado a la ONCE y tiene deficiencia visual.
¿Es suficiente acreditación para el concesionario ?
Saludos
Jesús
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También serán consideradas personas con movilidad reducida, a efectos de lo dispuesto en el artículo 91.Dos.1.4º de la Ley 37/1992, las siguientes:
– Las personas ciegas o con deficiencia visual afiliadas a la Organización Nacional de Ciegos Españoles (O.N.C.E).
Buenas tardes Jesús, en principio con eso tendría que valer, depende cada concesionario, aporta la documentación y según te digan me comentas si quieres por correo a sergio@avzconsultores.com y vemos que otras opciones tienes. Un saludo.
Yo tengo reconocida una discapacidad del 33%, era funcionario del Estado y tengo una resolución tanto del Ministerio del Interior como del Ministerio de Hacienda. En Imserso de Castilla -León me dicen q con esa resolución se demuestra mi discapacidad. Entiendo q con una copia de esa resolución es suficiente para que me eximan de pagar el impuesto de circulación al comprar un coche. Gracias
Buenas tardes Jose Antonio, en principio con eso es suficiente pero depende de cada comunidad. Un saludo.
Buenos días Sergio,mi madre tiene un 43% de minusvalia, pero no tiene carnet de conducir, podría poner de todos modos el coche a su nombre y que me aplicaran el 4% de iva? convivo con ella y la llevo con el coche diariamente para realizar sus gestiones.
Un saludo.
Buenos días Esther, si que podrías siempre y cuando cumplas el requisito de movilidad reducida. Un saludo.
Buenas tardes,
Mi madre tiene discapacidad del 80% y los 7 puntos de movilidad, si pongo el coche a mi nombre que soy su hija solo tengo derecho a la reducción del 4% de Iva o al de matriculación también?
Gracias por tu ayuda.
Buenos días Patricia, al cumplir los dos requisitos tendrías derecho a beneficiarte de las dos cosas. Un saludo.
Buenas tardes Luis, esa es una cuestión que no tiene nada que ver con el artículo publicado que afecta al iva. El impuesto que comentas es otro diferente. Un saludo.
hola buenas tardes,, vivo en la provinvia de Barcelona,, tengo un grado de descapacidad del 36%, movilidad reducida no,, me veneficio del ahorro del iva por la compra de un coche ? gracias
Hola Pere, lo siento pero al no tener la movilidad reducida no podrías. Un saludo.
Buenas tardes compre en marzo de 2015 un coche a nombre de mi hijo con una
minusvalia del 65%,pero en el concesionario no me dijeron nada del 4% del iva que me podia deducir y pague el 21%.Mi pregunta es,tengo derecho a reclamarlo?.
En el concesionario sabian de la minusvalia de mi hijo,ya que me dijeron que estaba exento de pagar el impuesto de circulacion .Un saludo
Buenos días Jose Luis, yo en este caso te recomiendo que vayas a la oficina de Hacienda de tu comunidad y expongas el caso. Si te dicen que sí, el concesionario tendría que hacer una factura rectificativa e ingresarte la diferencia. Un saludo.
Yo tengo el.65 porciento ymovilida reducida 7 compre coche cae 6 años si compro un coche de kilómetro.o nuevo pero matriculaodo tengo derecho al descuento deliva y lo puedo poner a nombre de mi hijo
Buenos días Javier, ¿pero te beneficiaste ya del dto en iva cuando te compraste el coche?
Hola buenas, te expongo mi caso.
Mi hermano tiene prácticamente un 100 %, parálisis cerebral…etc. En estos momentos se encuentra interno en un centro especial para este tipo de casos, en un pueblo cercano a nuestra casa, a unos 50 km.
Lo traemos a casa los fines de semana, fiestas, ocasiones especiales, etc. Cuando vamos a recogerlo vamos tanto mis padres como yo, ya que mis padres también van llegando a una edad y tienen sus propios achaques.
Mi consulta es si al comprar un coche y deducirme el IVA tendré algún problema con Hacienda por lo del uso habitual del coche por el minusválido, al estar en el centro prácticamente de lunes a viernes.
Y si en su caso, al ser mi hermano, podría poner el vehículo a mi nombre.
Muchas gracias por todo, saludos.
BUenos días Jose Luis, la Ley establece el concepto de transporte habitual y no de transporte exclusivo del minusválido; entiendo que en este caso es habitual aunque la periodicidad sea semanal y no diaria. Yo en tu caso diría que me apliquen el 4%, en principio no tienes que tener problemas. Lo que preguntas de si al ser hermano si podrías ponerlo a tu nombre: si que puedes, la ley permite familiares de hasta tercer grado. Un saludo.
Hola, tengo una hija con una discapacidad del 33% pero en absoluto es minusvalía por movilidad. Ahora tengo que compra un choche, ¿podría comprarlo a su nombre (o al mio)y benefiarme de la exención de pago del impuesto de matriculación? ¿Que pasa si durante los 4 años siguientes no le renuevan la discapacidad? Por lo que explica el artículo entiendo que lo puedo usar para ir a trabajar y mi hija no tiene que estar siempre en el coche ¿cierto?
Gracias
Buenos días Virginia, efectivamente puede haber casos en los que no tenga que estar tu hija en el vehículo ya que la ley establece el concepto de transporte habitual y no de transporte exclusivo del minusválido. Un saludo.
Buenos días Javier, la reducción de iva se hace actualmente siempre y cuando cumplas los requisitos. Un saludo.
hola, tengo una hija con el 75% de minusvalia y tiene reconocida la movilidad reducidad, voy comprar un coche lo puedo poner a mi nombre y estoy escepto de pagar el impuesto de matriculacion,me podria decir que articulo de la ley es , gracias
Buenas tardes, mi hijo tiene una discapacidad del 33%, sin movilidad reducida. No se porque en algunos sitios habia leido que tambien se puede alegar como movilidad reducida si son menores de edad. ¿ Estoy equivocada?
Si no es asi solo podria solicitar lo del impuesto de matriculacion y el impuesto del ayuntamiento¿ no? No podria solicitar la reduccion de I.V.A.
Muchas gracias.
Buenas tardes Maria Teresa, para poder contestar tu pregunta tienes que copiar y pegar el artículo en las redes sociales que tengas (facebook, linkedin, google + y twitter), vemos que no lo has compartido. Quedamos a la espera para poder contestarte. Un saludo.
Mi madre fue jubilada por incapacidad total hace más de 20 años y ahora dentro de la ley de dependencia tiene una dependencia de 2º grado. ¿Podría acogerme al iva reducido del 4% al comprar un coche? ¿Qué papeles debería presentar para justificarlo?
Buenas tardes Olga, para poder contestar tu pregunta tienes que copiar y pegar el artículo en las redes sociales que tengas (facebook, linkedin, google + y twitter), vemos que no lo has compartido. Quedamos a la espera para poder contestarte. Un saludo.
Hola Sergio Sanchez, esta es mi pregunta una persona con una discapacidad del 54% de discapacidad.. tiene el mismo derecho tanto en vehículos nuevos como usados y de la misma forma con la vivienda…gracias
Buenas tardes OScar, para poder contestar tu pregunta tienes que copiar y pegar el artículo en las redes sociales que tengas (facebook, linkedin, google + y twitter), vemos que no lo has compartido. Quedamos a la espera para poder contestarte. Un saludo.
hola¡ tengo el 33/5 de minusvalia por protesis de cadera, me corresponde el descuento del iva gracias.
Buenas tardes Jose Antonio, para poder contestar tu pregunta tienes que copiar y pegar el artículo en las redes sociales que tengas (facebook, linkedin, google + y twitter), vemos que no lo has compartido. Quedamos a la espera para poder contestarte. Un saludo.
Tengo un hermano con una disminución de su capacidad orgánica y funcional del 68 % definitiva, esta calificación se hizo en 1987, ahora además, tiene glaucoma; ¿habría que solicitar el baremo de movilidad?, entiendo que en el certificado aparecen las palabras «orgánicas y funcional», todo esto respecto a la reducción del IVA; mi padre, también es discapacitada y yo soy cuidador de ambos, por lo que el coche iría a mi nombre; muy agradecido por la respuesta.
Buenas noches JoseManuel, en el informe del IMAS en Murcia o su homologo de donde seas tiene que venir si tiene movilidad reducida. Espero haberte ayudado, comparte por favor en las redes sociales. Un saludo.