No siempre es obligatorio pagar a la SGAE en un bar y esto principalmente parte del punto de que sus agentes representan a una entidad sin fines de lucro. Es decir, son una empresa privada, no son una personalidad jurídica, como para imponerle sanciones a tu local.
Indice
¿Por qué es obligatorio pagar a la SGAE en un bar?
La Sociedad General de Autores y Editores “SGAE” conforma una sociedad privada sin fines de lucro, encargada de gestionar los derechos de autor, donde sus agentes o inspectores no poseen la personalidad jurídica que les avale para aplicar una sanción. En tal sentido, realmente su única facultad es hacerte saber que tu local se encuentra realizando un posible comportamiento sancionable, el cual tiene la probabilidad de aplicarsele una cuota de pago.
Con esto, claramente sabes que no tienen la capacidad legal de hacerte pagar una sanción o multa de manera directa, porque el único que puede efectuar un acto de esa categoría, atribuido a tu local comercial, es el Tribunal de Justicia. En este sentido, si la SGAE te adjudica una sanción, debe acudir ante el tribunal y estos a su vez evaluar el caso hasta establecer o no la sanción que se te pueda adjudicar.
¿Qué debes hacer ante la visita de la SGAE en tu bar?
Lo primero que debes hacer como dueño o representante del local, es solicitarle al agente o inspector que te muestre su respectiva identificación, donde aparte, no puede obligarte a responderle o facilitarle lo que te imponga, todo será de acuerdo a tu criterio y voluntad. Es por ello, que si tienes dudas o te sientes presionado, es mejor que lo invites a volver en otra ocasión, para que así tengas el tiempo que necesitas para asesorarte.
Recuerda que no estás en el deber de firmar absolutamente nada que te presente el inspector, porque de hacerlo automáticamente aceptas y acatas lo que está asentado en el acta, por lo que tienes libertad de negarte. Esto es, porque hasta ahora, lo único que tienes que manejar y conocer son las realizaciones habituales de declaraciones y pagos de tributos, para no tener incidencia en las comunes Sanciones de Hacienda.
Entonces, si se te presenta la situación que, por tu negativa, la respuesta sea la intimidación al anunciarte una sanción o cierre de tu bar, no sientas temor, simplemente hazle sentir que debe volver en otro momento, porque tu mejor opción es documentarte, inclusive con la misma Sociedad General de Autores y Editores.
Contratación o autorización
Por otro lado, posiblemente necesitarás una contratación o autorización de los titulares de derechos de autor, en el caso de que hagas uso, tanto de la música, como de los audiovisuales, que muy bien forman parte del repertorio que maneja la SGAE en su contenido para tu bar, este es un uso común que complementa la diversión de los clientes.
La SGAE, en su listado de medios catalogados como uso para el área musical se refiere a: transmitir eventos en vivo utilizando canales de TV, enlaces de internet, emisoras de radio o por el contrario, colocar CD de los propios cantantes. Mientras que, para el caso audiovisual, el listado de medios que clasifican para la transmisión son: CD, DVD, videos, TV, internet, entre otros.
¿Cómo sabes si tu bar le debe pagar a la SGAE?
Si en tu bar, la principal atracción la constituye el repertorio musical que le ofreces a tus clientes, o bien el uso de TV para transmitir eventos en vivo u otra programación, como lo pueden ser partidos de mundiales de futbol, estás en el deber de realizar el correspondiente pago de la tasa de acuerdo a las dimensiones y utilidad de tu local comercial.
Esto es, porque a través del uso de la música o de la TV, estás obteniendo un lucro, y el mismo lo percibes con el aumento de tu clientela, que ahora tiene un motivo adicional para divertirse y pasarla bien en tu bar.
Es por ello, que cuando haces uso de estos, finalmente te quedan dos opciones si no deseas pagar lo que realmente te corresponde por el lucro adicional, donde la primera es desistir del uso de la música, que en un bar es imposible, porque los clientes no irían.
Mientras que la segunda es retirar los artefactos TV, o bien dejarlos solamente con la sintonización de los canales que te permitan, como lo es, con las noticias, que evidentemente en un bar, no sería lo más atractivo, porque tus clientes no asistirían a un bar a ver noticias.
Por esta razón es obligatorio pagar a la SGAE en un bar, sin embargo es importante destacar que no todos los artístas son defendidos por la SGAE, por lo que ellos no pueden pedir cobro por los que no se encuentren en sus archivos.
¿En qué podemos ayudarte?
Hola soy de Huelva donde debería ir a informarme para el uso del mismo
Es un bar de tapas y si pongo noticias
Buenas tardes, igual en Huelva no hay oficina pero prueba a llamar a otra ciudad de Andalucía, por ejemplo Sevilla, si pones en google SGAE Sevilla seguro que te sale algún teléfono. Un saludo.
Buenos días tengo un bar y no pongo nada de música ni fútbol. Alguna vez pongo la antena tres las noticias . La Sgae me manda carta normales que lo van a meter por el juzgado y no tengo firmado ningún contrato ni nada Tengo que pagarles ?? Porque yo no me lucro ni con fútbol ni música . Un saludo