¿Cuándo se puede disfrutar de este permiso?

En primer lugar, debemos de saber que en los convenios hay permisos retribuidos para la paternidad de dos o cuatro días si se tiene que desplazar fuera de su región. Estos deben disfrutarse inmediatamente después al nacimiento, acogida o adopción.

Después de ese permiso ya comenzaría con el  permiso de paternidad, el cual suele ser de trece días pero puede estar mejorado en su convenio. Éste debe ser solicitado, después  del disfrute de esos dos o cuatro días de permiso retribuido hasta la finalización del permiso de maternidad si la pareja decide tener los permisos simultáneamente, o después de que finalice el permiso de maternidad, si decide tener los permisos por separado.

¿Cómo se solicita a la empresa?

Para el primer permiso retribuido debe hacerse previo aviso, si se puede, a la empresa y de manera justificada, por ejemplo con un documento que puede pedir en la administración del hospital donde su pareja esté ingresada.

Para solicitar la prestación por paternidad, deberá realizarlo por escrito preferiblemente y entregarlo en su empresa. Normalmente entregando un documento como el anterior, en el que se especifique la fecha en la que dio a luz, suele ser válido.


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¿Cómo se paga el salario?

En el primer caso para el permiso retribuido de dos o cuatro días, lo pagaría la empresa sin hacer ningún tipo de descuento en la nómina.

Para el permiso de paternidad,  los trece días, corren a cargo de la Seguridad Social. Para ello debe tener cotizado mínimo 180 días dentro de los 7 años anteriores a la fecha, o 365 días cotizados a lo largo de su vida laboral.

La cuantía que le pagará la Seguridad Social es el 100 por 100 de su base reguladora, establecida para incapacidad permanente por contingencias comunes.

Si tiene dudas sobre este permiso no dude en ponerse en contacto con nosotros.


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