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La baja laboral en el trabajo: Los 10 puntos que necesitas conocer

En el siguiente artículo explicaremos y responderemos a las preguntas más frecuentes acerca de la baja laboral en el trabajo, resolviendo todas vuestras dudas acerca de esta prestación de la Seguridad Social.

 

¿No sabes si tienes derecho a la baja laboral? ¿qué significa estar de baja médica en el trabajo?

Pues presta atención a las siguientes líneas porque te voy a explicar con respuestas, las dudas más frecuentes sobre las bajas laborales en el trabajo.

La baja laboral en el trabajo se conoce en el derecho de la Seguridad Social y del trabajo como incapacidad temporal.

Esto se debe a que el trabajador está imposibilitado temporalmente para realizar el trabajo que le corresponde así como las funciones básicas de este, necesitando además asistencia sanitaria de la Seguridad Social.

Por ello esta prestación suple la necesidad de rentas del trabajador durante dicho periodo.

 

¿La incapacidad temporal o baja laboral solo se inicia por enfermedad o accidente en el trabajo?

Cuando se trata de un accidente o una enfermedad debida al trabajo (profesional) la prestación por incapacidad temporal se inicia desde el día siguiente de la baja.

En caso de tratarse de enfermedad común o accidente no laboral, también tiene derecho a la prestación por incapacidad laboral, pero esta se inicia desde el cuarto día de presentar la baja en el trabajo.

 

¿Cuáles son los requisitos básicos para acceder a dicha prestación?

Como es lógico al tratarse de una prestación contributiva debe existir el alta y la afiliación a la Seguridad Social, o en todo caso una situación asimilada al alta.

En los casos de enfermedad común también se exige un periodo de cotización mínimo, siendo este de 180 días en los últimos 5 años anteriores a la fecha de la baja laboral.

Si se trata de accidente sea laboral o no, así como de una enfermedad profesional, no se exigirá un mínimo de cotización.

 

¿A dónde debo acudir para realizar los trámites?

hasta el cumplimiento de los primeros 365 días de baja médica y de recibir la prestación, el trabajador debe acudir al Servicio Público de Salud o a las Mutuas Colaboradoras extendiendo los partes médicos de baja laboral, la confirmación de esta y si procede el alta.

Tras estos 365 días solo el Instituto Nacional de la Seguridad Social o en su caso el ISM (Instituto Social de la Marina ) tienen competencia para reconocer la prorroga a partir del año de prestación, siendo en todo caso un inicio de incapacidad permanente, emitiendo alta y comenzando una nueva baja con esta modalidad.

 

¿Cuánto debo cobrar estando de baja laboral?

Durante la prestación por incapacidad permanente, el trabajador en el caso de enfermedad o accidente de trabajo cobrará el 75% de su base reguladora y recibirá dicha cantidad desde el día siguiente a la baja en el trabajo.

En cambio si la enfermedad o el accidente no se deben al trabajo, la prestación se reduce al 60% de la base reguladora y se inicia en el cuarto día desde la baja hasta el vigésimo incluido este, a partir del cual se pasa a cobrar el 75% de la base reguladora.

 

¿Cuánto tiempo puedo percibir la prestación por baja laboral?

En los casos que se deba a enfermedad o accidente la duración será como máximo de un año (365 días) pudiéndose prorrogar por otros 180 días si existe previsión de curación del trabajador.

En cambio cuando se trata de periodos de observación de la enfermedad profesional, la duración será de seis meses pudiendo ser prorrogables en otros seis meses más.

 

Estoy de baja y se me acaba el contrato temporal ¿sigo cobrando?:

La respuesta es sí.

El trabajador continúa cobrando la prestación por incapacidad temporal, pero debemos tener en cuenta dos cosas.

  • La primera es que si la baja laboral se debe a una enfermedad o un accidente no relacionado con el trabajo, el importe que se cobra cambia, pues ahora corresponde el pago de la cantidad debida por desempleo, siendo realizado este por el INSS o la Mutua en su caso.
  • En cambio si se trata de baja por accidente o enfermedad profesional la prestación continúa en su misma cantidad y hasta la concesión del alta médica.

Tras el alta médica laboral el trabajador estará en situación legal de desempleo y tendrá quince días para solicitar dicha prestación o en su caso el posible subsidio.

 

Quiero acceder a la prestación debido a una enfermedad no laboral y no cumplo el periodo de cotizaciones ¿exigidos tengo derecho a la prestación?

Si no se cumple dicho requisito el trabajador tendrá derecho a la baja laboral pero no a la prestación.

Esto quiere decir, que tendrá derecho a descansar durante ese periodo y a no trabajar,  pero no tendrá derecho a cobrar la baja laboral.

* Lo que debes saber sobre la incapacidad laboral

 

Ejemplo: cuanto se cobra por baja laboral en el trabajo por accidente

Antonio pide la baja laboral en el trabajo por una lesión en la mano  ¿Cuánto cobrará?

En su caso y debido a que su base reguladora es de 30€ diarios el trabajador debe cobrar el 75% de su BR  (base reguladora ), debido a que se trata de un accidente laboral, esto quiere decir, que cobrará 22,50€ diarios desde el día siguiente a la baja médica.

 

Ejemplo: cuanto se cobra por baja laboral en el trabajo por enfermedad

María en cambio, sufre una enfermedad no relacionada con el trabajo cuya duración estimada es de 30 días ¿Cuánto debe cobrar?

En este caso María dispone de una base reguladora de 25€ diarios debiendo cobrar desde el cuarto día tras la baja laboral  y hasta el vigésimo día el 60% (15€ diarios) y a partir del vigésimo primer día y hasta la fecha del alta, que en este caso se estima en el día treinta, deberá cobrar la cantidad referida al 75% de la BR (18,75€ diarios).

 

 


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