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Pasos que hay que seguir para crear una comunidad de bienes.
Comunidad de bienes qué es
En el siguiente artículo os voy a explicar todo lo que necesitáis para dar de alta una comunidad de bienes desde cero, si no tienes conocimientos y no has visto nunca un 037 te voy a explicar como rellenarlo.
Te explicaremos todos los pasos para crear una comunidad de bienes.
Hay clientes que les digo que les voy a cobrar por crear la constitución y se asustan.
Verás que son varios los pasos que hay que dar, probablemente haya que perder un día o dos en redactar, citas, esperas, firmas, presentación, etc…
Si eres de los que tiene tiempo te animo a que lo hagas, si eres de los que piensa que: zapatero a tus zapatos….delega!
Nuestra asesoria fiscal cobra por esta gestión cobramos 120 €, y en alguna ocasión el cliente ha dicho que quería ahorrarse ese dinero y que la creaba él.
Nosotros nos parece perfecto pero hay que valorar que es un tiempo y que vivimos de esto, hay gente que le cuesta entenderlo, ojala pudiésemos regalar nuestro trabajo pero a día de hoy no podemos ;-).
Para crear una comunidad de bienes tienes que entender qué es, te lo explicamos:
Definición comunidad de bienes
Es una unión de varios autónomos bajo una misma denominación social, esta «sociedad» una vez constituida se le asigna un CIF que empieza por E y siempre que se pida o emita una factura tiene que ir a nombre de esta.
El Código Civil define comunidad cuando la propiedad de un bien o derecho pertenece a varias personas.
Pongamos un ejemplo:
Usted tiene un contrato con una empresa y gana brutos 1.000 € al mes, decide crear una CB con un amigo al 50% y con esa CB se ganan limpios al año 8.000 €, en su renta tendrá que tributar por 12.000 € + 4000 € = 16.000 €
Comunidad de bienes ventajas
Si el beneficio neto no es muy elevado (menos de unos 15.000 € de beneficio limpio al año por comunero) interesa crear una CB frente a una sl ya que es más cara.
Esta figura por tanto es una solución intermedia entre autónomo y sociedad ya que es mucho más sencilla su gestión y mucho menos complejo que crear una SL.
Inconvenientes de crear una CB
Principalmente suelen haber 3 inconvenientes:
Al no tener personalidad jurídica propia, responden los socios de las deudas contraídas, no ocurre lo mismo que en el caso de una sociedad que responde la sociedad, el patrimonio del socio está más protegido.
La tributación de los autónomos de una CB es idéntica a la de un autónomo normal ya que el beneficio que tenga en la CB se le imputa en su renta.
En el caso de que beneficio neto supera más o menos los 15.000 euros puede que no te interese (dependerá también del número de hijos, prestamos, etc…) ya que el tipo impositivo se podría subir a un 34%.
Una pega que pueden tener es que muchas veces dejan fuera de esta figura determinadas ayudas que salgan a nivel autonómico o estatal.
Sociedad civil y comunidad de bienes
¿Que es una CB?
como ya hemos explicado antes, es cuando varias personas poseen la propiedad de un derecho o bien.
¿Y una Sociedad Civil?
es una unión de varias personas que se asocian para llevar una actividad o negocio y obtener beneficios, estos socios pueden aportar dinero o trabajo, no como en la CB que hay un bien en común.
El gran debate que suele haber con este tema es que a pesar de que eso es lo que dice la normativa, Hacienda admite la figura de la CB para realizar una actividad pero si atendemos a la teoría en muchos casos no se podría crear pero en la práctica se crean.
De hecho son miles los casos de comunidades de bienes creadas en España y que se siguen creando para realizar actividades y sin poseer un bien, solo realizar un actividad.
¿Qué figura de las dos es mejor?
No podemos responder a esta pregunta, si hay que crear por la naturaleza de lo que se vaya aportar o hacer una Cb se creará una CB y si es una sociedad civil habrá que crear una sociedad civil pero en la práctica, si hay que destacar cual es más fácil de crear es la CB, lo explicamos:
Para una comunidad de bienes solo hay que llevar los libros registros de ingresos y gastos, para una sociedad civil hay que llevar la contabilidad según el código de comercio.
Hay que destacar el cambio que hubo en el 2016 donde se obligó a las Sociedades Civiles a tributar por el impuesto de sociedades, con lo cual hay que llevar contabilidad pura y dura, no solo meter las facturas de ingresos y gastos.
¿Hay algún problema si una CB tiene actividad mercantil y se entiende que tiene que ser una SC en vez de una CB?
Pues hasta ahora no se están metiendo con eso, hay muchas consultas vinculantes en las que hay comunidades de bienes con actividades y sin bienes como por ejemplo tiendas, bares, gimnasios, etc…y lo que dice al respecto resumiendo es :
El contribuyente que tiene que presentar el impuesto de sociedades son las sociedades mercantiles y por lo tanto el socio que esté en esta figura seguirá tributando en régimen de atribución de rentas según la normativa de IRPF.
Por lo tanto se les seguirá aplicando la tributación de entidades en el Régimen de Atribución de Rentas, y al no tener personalidad jurídica no van a tributar en el Impuesto sobre sociedades.
Este tema de que una CB tenga un objeto mercantil y probablemente debería haberse constituido como Sociedad civil lo he comentado con muchos colegas de profesión de otros despachos y a todos nos genera dudas, no sabemos si la inspección en un futuro empezará a «invitar» a estas sociedades que se cambien de figura y pasen a ser SC y lleven contabilidad, el tiempo solo lo dirá…..
Ejemplos comunidad de bienes
Suele crearse cuando varios autónomos van a facturar por el mismo epigrafe, por ejemplo 3 electricistas, 3 fontaneros, etc…y no ven conveniente crear una SL, se agrupan los 3 crean una comunidad de bienes y todas las facturas irá a nombre de la comunidad de bienes.
Características de una comunidad de bienes
Fiscalidad de la CB
Quienes tributarán por el beneficio que se obtenga serán sus socios o comuneros en función del beneficio que se haya declarado a final de año, es decir si una CB está formada por José Sanchez Nicolas y Pablo Martínez Roca, serán ellos quien tributen en renta, no la comunidad.
Cada socio presentará un modelo 130 pagando el 20% del beneficio trimestral que tenga y la CB pagará un iva por la diferencia entre iva soportado e iva repercutido.
Lo normal es que si una CB tiene objeto mercantil tributare por el impuesto de sociedades, esto la administración lo está aplicando para las Sociedades Civiles, no para las Comunidades de Bienes que están realizando actividades mercantiles y no poseen bienes.
Suponiendo que no hubiesen bienes deberían llevar la contabilidad según marca el código de comercio y crear para ello una Sociedad Civil pero hasta ahora no hay problemas con esto ya que al final impuestos pagan los que tienen que pagar.
Extinción de una CB
Cuando una CB no funciona bien o simplemente no queremos seguir funcionando con ella tenemos que eliminarla o extinguirla.
Este procedimiento es sencillo pero hay que seguir una serie de pasos, lo primero que tienes que hacer es un CONTRATO DE ACUERDO PRIVADO DE DISOLUCIÓN DE LA C.B y darla de baja en Hacienda, de baja en la Seguridad Social a ellos como autónomos si corresponde y de baja en la CCAA mediante el modelo 600, este procedimiento es más largo e intentaré explicarlo en otro artículo.
Constitución de una comunidad de bienes: como crear una comunidad de bienes
Explicamos todos los pasos que tienes que seguir para crear una comunidad de bienes.
Contrato comunidad de bienes para crear una comunidad de bienes
Se hace contrato de constitución de CB (mancomunado o solidario). Hacer dos copias, una se la quedaran en la CCAA y la otra que me quedo yo sellada por Hacienda.
Solicitud de CIF para la CB
Lo llevo a Hacienda con 036 donde marco la casilla 110 de “solicitud de NIF” (antes he tenido que pedir cita).
Pongo la identificación de la CB con su nombre en la página 2B, fecha de constitución (casilla B9), dirección.
¿tiene personalidad jurídica? no
marco entidad en atribución de rentas constituida en España con actividad económica (casilla 70) y en la 71 pongo comunidad de bienes
Importante: firmarlo los dos comuneros si son mancomunados ya que si no costara echar otro viaje porque es probable que no lo cojan si es mancomunado y no va firmado por los dos ( a nuestros compañeros de UCANCA Asesores ya les paso en una ocasión).
Página 3 representantes: tengo que dar de alta a los comuneros, para eso doy alta de representante (tantas veces como comuneros tenga) y en «causa de la representación» pongo mancomunada si quieres que venga la firma de los dos para todo o solidaria si con la firma de uno de los dos vale para que acepten documentos, en título de representación tienes que ver en el desplegable las opciones que te deja y marcar el que sea.
Si creo una cb y pongo dos comuneros que trabajan y uno que solo aporto capital tendré que incluirlo en el contrato y además darlo de alta en Hacienda para que declarare esos ingresos marcando en un 037 como que recibe rendimientos de capital mobiliario y declararlos en el modelo 123 y 193.
Haciendo esto no tendría obligación de estar de alta como autónomo ya que no trabajaría.
Puede ser que en el contrato en responsabilidad no lo aclaroe y digo expresamente que para el socio que solo aporta capital no es necesario su firma en ningún caso pueden entender que como firma trabaja y tendría que darlo de alta como autónomo.
Para saber el % que tiene cada socio me voy a la página 8 y pongo los comuneros con el % que tenga cada uno.
Habiendo realizado todos estos pasos me dan el NIF provisional (con autorización).
RECOMENDACIÓN: Con el NIF provisional todavía NO PUEDES SACAR EL CERTIFICADO DIGITAL, para sacar el certificado digital tendrás que obtener el CIF definitivo.
VER TAMBIÉN:
Llevar contrato de la CB a la comunidad autónoma.
Preparo un modelo 600I de constitución de CB y lo llevo a la comunidad autónoma, (allí también te lo hacen solo si eres interesado o familiar directo).
Liquido en función del capital aportado (por ejemplo 500 euros poniendo 250 euros cada uno).
Tributa al 1% pero esta bonificado en un 100% y no habría que pagar nada. Llevar también contrato de constitución de CB. Sacar dos copias.
Una CB es una alternativa para el autónomo que tiene en mente en constituir una SL ya que tiene múltiples ventajas.
Alta de la actividad en Hacienda de la Comunidad de bienes para creara una comunidad de bienes.
Me vuelvo a ir a la página de Hacienda y presento un 036 marcando casillas 111 (alta en censo empresarios para dar a la CB de alta en una actividad) y casilla 120 (solicitud de nif definitivo).
Ahí pongo epígrafe, si esta en iva (gral o simplificado). Total hojas a rellenar: 1,4,5,6 y 8
Página 6 pongo que renuncia a Estimación objetiva e inclusión en directa simplificada (si este es el método por el que se va a dar de alta, un asesor fiscal ya habrá estudiado qué opción te interesa más) con la fecha de alta.
Marco a los socios en la página 8 y que renuncian a objetiva y Régimen simplificado de iva si corresponde.
Alta de los comuneros en la obligación de presentar pago a cuenta de la renta (modelo 130)
También relleno un 037 para cada comunero marcando la casilla 111 (alta en censo de empresarios).
LLevando identificación y casilla 601 (alta obligación hacer pagos fraccionados).
Al funcionario que nos atienda, también tengo que aportarle el modelo 600I presentado en la Comunidad donde le hará una fotocopia de la hoja que necesita.
Con esto y autorización (si voy en nombre de los interesados) ya me dan el NIF definitivo
Una vez creada la CB es importante que gestionéis otras cosas relacionadas con la actividad: seguro de responsabilidad civil, prevención de riesgos laborales, que hagáis un buen diseño web para vender vuestros productos.
Nota :ten presente que una vez que des de alta a los comuneros, tienes obligación de darlos de alta en la Seguridad Social en otros modelos, intentaré explicar este paso en otro artículo.
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