Te vamos a explicar todo lo que necesitas saber si vas a facturar 3.000 € al año y no te quieres dar de alta para tener que pagar el autónomo.
Una de las preguntas que más surgen es si se puede hacer una factura sin haber hecho el trámite para darse de alta en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos) aquí te explicaremos como hacerlo.
Indice
Tengo una página web y gano 1.200 euros al año, ¿que hago?
Principalmente, hay que recordar lo indicado en nuestro post sobre Darse de alta autónomo por primera vez, ya que si tu principal fuente de ingresos es la página web, un establecimiento o una actividad específica en casa que genere dinero, será necesario darse de alta, es decir, si hay frecuencia en la realización de este trabajo.
Igualmente, si das empleo a otras personas o si estableciste un horario fijo, es recomendable darse de alta. Ahora bien, también indicábamos que es posible darse de alta únicamente en hacienda. Esta es una opción si el trabajo realizado no genera grandes cantidades de dinero, pero necesitas hacer facturas.
Si trabajas por cuenta propia es posible que necesites hacer facturas por diversas razones, la primera de ellas es que los ingresos que recibes por el trabajo independiente o los trabajos ocasionales que haces, son bajos, por lo que al darse de alta en el Régimen de la Seguridad Social o el RETA se perdería buena parte de ellos en los pagos.
La segunda situación puede ser una pluriactividad, entendemos ese término como la actividad que hace una persona asalariada (que tiene un contrato en una empresa de otra persona) por cuenta propia, pero que no deja de cumplir sus funciones dentro de esa empresa. Estos pueden ser trabajos extras que al llevarlos a cabo varias veces se exige que se dé de alta en el Régimen de Trabajadores Autónomos.
En este sentido, si hay pluriactividad se debería cotizar tanto en el RETA como en el Régimen General. Otra situación puede ser que se lleve a cabo una profesión u oficio como la pintura o la peluquería de forma ocasional.
En todo caso, no es ilegal facturar sin ser autónomo si se cumplen las condiciones mencionadas anteriormente: que los ingresos percibidos sean menores al SMI y que no se realice el trabajo de forma habitual.
¿Se pueden facturar hasta 3.000 € sin ser autónomo?
Puedes ser una persona más de las que cree que existe un línea numérica de facturación que no se puede cruzar cuando no eres autónomo, una cifra máxima que cuando se alcanza inmediatamente aparecerá un inspector de Hacienda para hablar de pagos y trámites no efectuados.
En general se cree que este límite son 3.000 euros, pero lo cierto es que esto es un mito. Hacienda puede visitar a una persona que no se haya dado de alta ni ahí ni en el RETA no solo porque llegue a ese límite de dinero entrante, también puede hacerlo porque está en curso la inspección de otra compañía y entre sus documentos hay una factura de dicha persona.
Así como ese ejemplo pueden mencionarse muchas más situaciones. Lo que ocurre realmente es que si facturas menos de 3.000 son menos las probabilidades de que seas un punto de atención para los inspectores de Hacienda, eso sí es cierto, pero igualmente al facturar menos puedes recibir un inspector en casa.
Anteriormente indicamos que el “máximo” de ingresos se relaciona con el SMI, el mito de los 3.000 euros se relaciona con los casos en que las compañías declaran anualmente más de 3.000 euros a Hacienda, como un mínimo de sus ingresos para estar en regla con Hacienda.
Sanción por facturar fuera de esas condiciones
Ahora bien, no hay un límite de tiempo entre un trabajo u otro especificado por la Seguridad Social, por ejemplo, un trabajo al mes. Realmente se indica que la actividad no debe hacerse «habitualmente» entendiendo que algo se hace de forma habitual si se depende principalmente de ello.
Tomemos ese supuesto de que cada mes se haga un trabajo extra, hay sentencias que han multado a personas que han facturado mensualmente bajo el mismo importe. De modo que si se hace en este intervalo de tiempo es posible que Seguridad Social aplique una multa y que Hacienda te sancione.
Esta penalización generalmente consta del cobro de las cuotas que no se pagaron desde que se comenzó la facturación, con un 20% más según los ingresos obtenidos. Esa suma puede ser elevada dependiendo de qué tan altos sean los ingresos, por lo que es lo recomendable es evitar este inconveniente y adherirse a las condiciones especificadas o simplemente darse de alta.
También es importante destacar que si se recibe la prestación por desempleo y no se factura, por medio de una cooperativa de trabajadores autónomos puede haber otra sanción, es posible que ya no se pueda recibir el subsidio como penalización.
¿Cuál es el límite de importe que puedo facturar sin ser autónomo?
Se puede tener registros sin ser autónomo de manera legal un monto menor al SMI anual. Para este año el salario mínimo interprofesional se mantiene en 950 euros mensuales (aunque se plantea un amento a 1.000 euros), el SMI anual sería de 11.400 euros. Esto quiere decir que si los trabajos ocasionales no exceden los 11.400 se podrá facturar sin problemas sin necesidad de darse de alta.
En este sentido, si anualmente facturas 1.200 euros no será necesario darse de alta, solo deberás declarar tus ingresos y el IVA cada tres meses de esas facturas.
¿Cómo hacer las facturas sin ser autónomo?
Tomando en cuenta las condiciones legales explicadas, es posible hacer una factura de dos formas, la primera es dándose de alta en la Hacienda y la segunda es facturando por medio de una cooperativa de trabajo asociado.
Darse de alta en hacienda
Esta forma implica llevar a cabo toda la documentación necesaria que solicite la agencia de la Hacienda a la que se dirija. Un punto importante es que se debe dar de alta con el modelo 036 o con el modelo 037 según corresponda.
También habrá que tomar en consideración que si se mantiene esta alta por mucho tiempo puede iniciarse una investigación para confirmar o descartar que haya una actividad habitual, en caso de que se confirme y aún no se haya hecho el proceso para el Alta autónomo Seguridad Social es posible que haya futuras complicaciones.
Un procedimiento legal que se puede hacer también, es acumular las facturas en un mes único y en ese momento darse de alta y de baja en la Seguridad Social, las facturas no pueden tener fechas anteriores al mes que se factura.
Factura con cooperativas de trabajo asociado
Esta modalidad de facturación se ha hecho en gran cantidad en el país en contraposición con la dada de alta en Hacienda, estas facturas corresponden a la mano de obra o los servicios que los socios llevan a cabo, todo bajo la organización de la cooperativa, esto según a Ley de Cooperativas. Las condiciones para facturar sin ser autónomo de esta forma son:
- Formar parte de la cooperativa pagando una cuota inicial de socio.
- Las facturas deben estar a nombre de la cooperativa.
- El dinero que ingresará por esas facturas debe entrar en las cuentas de la cooperativa.
Debes tomar en cuenta que del total de los ingresos la cooperativa restará los gastos administrativos, los pagos de la Seguridad Social (correspondientes a los días trabajados, no al mes completo), el IRPF, entre otras cosas. En otras palabras, esta empresa factura por ti.
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