Las ayudas alquiler Murcia son, como su nombre lo indica, ayudas que se le otorgan a los ciudadanos para el pago de los alquileres, especialmente a aquellas familias más necesitadas, debido a que no tienen los suficientes recursos económicos para realizar el pago por ellos mismos.
Indice
¿Qué son las ayudas alquiler Murcia?
Las ayudas al alquiler Murcia, son programas creados para poder brindar apoyo a aquellas personas que por no poseer los recursos necesarios, no son capaces de cubrir el costo del alquiler de su vivienda familiar.
Durante el año 2020 estos programas fueron modificados, de manera tal que se tuviera en cuenta a aquellas personas que debido al COVID-19 poseen circunstancias excepcionales, que las hace quedar impedidas de poder hacer el pago de sus alquileres.
Si deseas ingresar a estas ayudas, será necesario que cumplas con ciertos requisitos, los cuales han sido previamente establecidos en los criterios de los documentos de estos programas.
Estos subsidios pudieron ser solicitados entre el 8 de junio y el 30 de septiembre de 2020. Los mismos fueron adjudicados por medio de una concesión directa, de esta manera, se pudo llevar a cabo un sistema sencillo y eficaz, para brindar las ayudas en el menor tiempo posible.
El Servicio de Vivienda del Ayuntamiento de Murcia se tomó la tarea de realizar una página web (https://serviv.es/) para poder hacer mucho más rápido el proceso de inscripciones, allí mismo, encontraras un tutorial que te ayudará a completar la solicitud de manera correcta y además te explicará sobre los documentos que necesitarás.
¿Dónde debo acudir para recibir información de las ayudas de alquiler de Murcia?
Lo primero que debes hacer para acudir a las Oficinas de Información de Vivienda es contar con una cita previa. Esto para poder ser atendido de forma presencial en la Consejería de Fomento e Infraestructuras, ubicada en la Plaza Santoña, Nº6, 30071 – Murcia.
Con dicha cita podrás realizar consultas de los expedientes que se encuentran siendo tramitados, o aquellos que ya han finalizado, también podrás realizar consultas de carácter técnico o administrativo, dependiendo de los expedientes que gestiona la Dirección General de Vivienda. Es importante resaltar que sin cita previa no serás atendido.
Para optar por una cita tienes dos opciones:
- Podrás solicitar la cita a través de la atención telefónica, para ello deberás llamar al 968 36 2000 o al 012.
- También podrás hacerlo a través del siguiente enlace: http://opweb.carm.es/citaprevia.
Ayudas alquiler Murcia durante el COVID-19
Desde el 07 de junio del año 2020, todas aquellas personas que se encuentren residenciadas en Murcia desde hace un año, y que no tengan los suficientes recursos financieros, o se encuentren en una situación de vulnerabilidad especial, tienen el derecho de ingresar una solicitud para recibir ayudas de alquiler, las cuales son otorgadas por el servicio de Vivienda de la Consejería de Mayores, Discapacidad y Cooperación del Ayuntamiento de Murcia.
Ese mismo día, se anunció que se otorgarían 668.761€ para este fin, monto que ayudará a muchas familias, que a causa de la pandemia por COVID-19, se han visto afectadas de manera económica.
Requisitos que debes cumplir
Estas asignaciones son otorgadas por un período máximo de un año, las mismas, solo serán usadas para pagar parte de los alquileres de las personas que sean beneficiadas, esto siempre y cuando los solicitantes reúnan los requerimientos que se solicitan:
- Se debe estar empadronado por el municipio de Murcia durante un año consecutivo, además de ello, el mismo debe ser inmediato a la fecha del ingreso de la solicitud.
- Toda persona que sea víctima de violencia de género queda exenta de tener que cumplir con el requisito anterior.
- Se deberán acreditar ingresos anuales, los cuales se encuentren dentro de la ponderación de 0,5 y 2,5 veces el IPREM, referido a todo el conjunto familiar. Además de eso, la renta del alquiler anual de la vivienda deberá superar el 25% del ingreso anual familiar.
- No se deben poseer deudas vigentes con ninguna de las administraciones públicas.
- Las viviendas deberán encontrarse dentro del término municipal de Murcia.
- El valor máximo mensual de la vivienda no deberá superar los 550€.
Tutorial para la solicitud de la ayuda de alquiler durante el COVID-19
Las ayudas de alquiler deberán ser solicitadas por los inquilinos o por sus representantes, llevándose a cabo de manera obligatoria en el registro electrónico, el cual se encuentra accesible en la web https://sede.carm.es/, también podrás hacerlo entrando a la pestaña “Presentación de solicitudes”.
- En caso de que el solicitante realice la petición de manera presencial, igualmente requerirá la solicitud electrónica. Para este caso, la fecha de presentación va a ser considerada como aquella en la que se realizara efectivamente la subsanación vía electrónica, esto, según lo establecido en el apartado 4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Todos los solicitantes deberán contar con alguno de los sistemas de: firma electrónica, Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico. En el caso de que no tenga ninguno de ellos, deberá realizar la investigación de cómo obtenerlos.
- Podrán disponer de un representante, el cual será quien realice la solicitud, y deberá acercarse personalmente a una de las Oficinas de la Asistencia en Materia de registros de la CARM.
Adjuntar documentos
Par realizar este proceso, será necesario adjuntar a la solicitud una gran cantidad de documentos, que son parte de los requerimientos. Además de tener que contar con dichos documentos, algunos obligatorios y otros opcionales, podrás agregar 3 anexos del tipo “Otros”, esto tiene como finalidad que el interesado puede agregar alguna documentación que crea de interés.
- En caso de que durante el proceso de tramitación se encuentre u observe algún error o falte alguna documentación que sea obligatoria, al interesado se le podrá pedir que subsane dicha equivocación.
- Si el solicitante o su representante desea incorporar alguna documentación extra durante cualquier momento del procedimiento, podrá hacerlo sin inconvenientes, solo deberá entrar en el procedimiento (https://sede.carm.es/genericos/formularios/TRAMITE.PORTADA) y desplegar el ícono “+” que se encuentra al lado del menú de “trámites”. Para hacer esto, deberás contar con el número de registro de la solicitud de inicio o realizar una identificación del expediente al cual se le va a realizar dicho trámite, también deberá hacerse referencia al procedimiento administrativo correspondiente. Para este caso, el sistema solamente le pedirá que se adjunte la identificación electrónica, por lo que no será necesario que se tenga la firma electrónica del documento que se estará anexando.
- Debe tener presente que, cada uno de los documentos requeridos, deberán encontrarse en un mismo archivo que no podrá exceder los 5Mb.
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