Los documentos y tramites a realizar en el momento de adquirir una casa son múltiples, todos deben ser realizados conforme a la ley española, principalmente los Impuestos compra vivienda, por ello, a continuación, encontrarás información para saber cómo proceder con estos tributos.
Indice
Principales gastos por la compra de una vivienda
Muchas personas al realizar trámites para adquirir una casa piensan que el único gasto que deberán realizar es respecto a la hipoteca o a la vivienda en sí, pero la verdad es que es una labor muy compleja a la que hay que hacer frente y tener asesores, pues es la alternativa más recomendada.
Si deseas ser propietario de una vivienda en territorio español, deberás correr con gastos múltiples e informarte muy bien de tasas e impuestos compra vivienda.
Antes de iniciar con todos los detalles que esto requiere, es importante señalar que la persona que desee adquirir una casa deberá tener cierta cantidad de ahorros para todos los pagos, principalmente para el notario, pero también para el ITP y el IVA, sumado al costo que posea la casa a adquirir.
En este sentido, para llevar a cabo el procedimiento de compra de una casa deberás tener presente principalmente los gastos que se describen a continuación:
Gestoría
La contratación de gestoría queda a decisión tuya, sin embargo, tenerlo es un de las mejores recomendaciones, puesto que son personas que ya están involucradas en el área y podrán asesorarte para las mejores opciones, y por supuesto, para mayor rapidez. Debido a que los gestores llevarán a cabo todos los procedimientos y trámites, incluyendo el calcular los impuestos para la compra de vivienda.
Registro de la propiedad
Por su parte estos gastos son obligatorios, sin ellos no podrás continuar de forma legal con la tramitación de la compraventa. Su costo no es fijo, ya que en sí es muy dependiente del precio de la vivienda, entre mayor valor posea mayor será su costo. Este es pagado cuando se inscribe la propiedad en el registro.
Notaría
La notaría es otro gasto del cual no podrás librarte, y a diferencia de los anteriores, tiene un precio relativamente fijo, ya que es regulado por el Estado español, lo máximo que deberás pagar por este trámite serán 875 euros.
Impuestos
¿Cómo dejar a un lado las contribuciones? Y es que son las que mayor importancia tienen en esta tramitación, y suelen ser las que más confunden a los compradores. Este gasto variará si la propiedad a adquirir es de segunda mano o nueva, así mismo la contribución será acorde al valor que posea la vivienda.
Por otro lado, el impuesto más relevante, aunque no el único, es el IVA, que a partir del año 2020 pasó a ser de un 10%, aunque esto es distinto en Canarias, donde se mantiene en un 6,5%.
Si la vivienda pertenece al Estado entonces el Impuesto de Valor Añadido será de tan solo un 4%.
Otro de los impuestos que se deben pagar en este trámite es el de Actos Jurídicos Documentados, el cual corre por cuenta de la persona que adquiere la vivienda. Su valor dependerá de la comunidad en la que se realice el trámite, pero mayormente se ubica entre el 0,5% y el 1,5% del valor de la vivienda.
Por otro lado, en caso de que la vivienda que se vaya a adquirir no sea nueva, hay otro impuesto al que hay que hacer mención y es el de ITP, el cual puede variar de una comunidad autónoma a otra, pero lo más común es que se encuentre entre 6% y 10%. Sin embargo, puede haber reducción según ciertos casos, por ejemplo, que la familia tenga gran cantidad de miembros; así como en caso de viviendas que están bajo protección estatal, entre otros.
Gastos de hipoteca
Cuando una persona va a adquirir una casa por medio de un préstamo hipotecario, entonces los gastos serán superiores a los ya mencionados, esto se tomará en cuenta independientemente de si la casa es de segunda mano o es nueva. Habiendo dicho esto los gatos por hipoteca son: tasación de la casa, comisión de apertura, impuesto de Actos Jurídicos Documentados, notaria, gestoría, registro de propiedad.
Taza de la vivienda
Esta se produce para darle valor a la vivienda que se va a adquirir, de manera que así el banco que concederá el crédito tenga conocimiento de la cantidad que otorgará. Este gasto puede variar de 250 a 600 euros.
En cuanto al valor que podría llegar a cubrir la entidad es muy variable, pudiendo estar entre el 80% y el 100%.
Comisión de apertura
Este gasto podría ser del 2% del dinero que se obtuvo del préstamo, por lo que se deducirá del dinero que fue otorgado.
¿Cómo formalizar la compraventa?
Como ocurre al momento de adquirir cualquier bien, lo que se necesita para lograr concretar la compra es la redacción y firma de un contrato, en el cual quede fijado todo lo relevante a la compraventa de la propiedad, principalmente lo relacionado con quienes otorgan y quienes reciben la vivienda, ya que de esta manera se asegura todo elemento legal y se evitan irregularidades.
En cuanto al tipo de contrato podrá variar entre: de señal, promesa de compraventa, opción de compra y contrato privado.
¿Qué trámites debemos realizar después de la compra?
Aun cuando ya se ha formalizado la adquisición de la vivienda deberá seguir con la tramitación, en primera instancia los gastos de impuestos ya mencionados, que variará según si es usada o nueva la vivienda.
Así mismo deberá incluir la petición de una Nota Mercantil, pero, ¿en dónde se lleva a cabo esta petición? Deberás dirigirte al registro mercantil de la comunidad en donde se realizó el trámite, o realizar la solicitud por medio de la página web de dicha institución.
Finalmente no puedes dejar a un lado la inscripción en el registro de propiedad, lugar en el cual deberás pedir una Nota Simple informativa, en donde habrá ciertos datos respecto a cómo está la legalidad de la vivienda que se adquiere, como lo son: si está hipotecada, si esta embargada, si quien la ofrece es el dueño realmente y su descripción física.
¿Qué impuestos debo liquidar si vendo mi casa?
¿Realmente todos los gastos recaen sobre quien realiza la compra?, la respuesta a esto es no, pues los vendedores también están sujetos a liquidar ciertos tributos, entre los que están los siguientes:
- Impuesto de Bienes inmuebles
- IRPF
- Plusvalía municipal
- Beneficios fiscales
El primero al que se hace mención es un pago que se hace cada año, según el cual se grava la propiedad de la casa, es decir, la pertenencia de la misma, por lo que este deberá estar pagado cuando se realice la venta.
Por su parte, el IRPF debe haberse declarado en el ejercicio fiscal correspondiente antes de concretar la venta del inmueble, además este estará agregado a la base imponible de la misma.
En el tercer lugar, la carga tributaria hace referencia a los lugares que están en zonas urbanas, donde se realiza un pago anual obligatorio de IBI, este se presenta en el momento que el dueño diga su intención de ceder su propiedad.
Finalmente, la Plusvalía municipal y los beneficios fiscales dependerán de la comunidad en la que se encuentre el bien.
¿Qué sucede con las plazas de garaje?
Estos bienes, cuando son parte de una vivienda, también adjudicarán para el tributo de valor añadido, el mismo que para la casa en cuestión, pero siempre y cuando solo tengan dos unidades. En este mismo caso se deben incluir los diferentes anexos que estén dispuestos en la vivienda y que por ende vayan a ser cedidos.
¿Cuándo se paga el ITP, el IAJD y el IVA al comprar una vivienda?
Estos tipos de tributos varían considerablemente según si las viviendas son nuevas o usadas, y todos se aplican cuando se lleva a cabo la compra.
El AJD se lleva a cabo según dos tipos:
- Cuota fija: es aquella en donde se extienden todos los papeles notariados, cada pliego tendrá un costo.
- Cuota gradual: es aquella que se aplica cuando las escrituras pueden ser inscritas en el registro de propiedad.
Impuestos compra vivienda Madrid
En el caso de la capital, si se trata de una vivienda nueva, entonces recurrirás al pago del IVA que será del 10%, pero el impuesto para compra de vivienda de segunda mano es el IAJD, equivalente al 0.7%.
Cuando sea usada entonces esto varía, el tributo a pagar es el denominado ITP, que en la capital es del 6%, pero si son muchos los miembros de la familia esto reduce al 4%.
Otros casos a mencionar son los impuestos para compra de vivienda en Galicia, donde el ITP es del 10% y en caso de excepciones será del 8%.
Finalmente, los impuestos para compra de vivienda en Cataluña son del 10% al 11% con excepciones del 5%.