El Modelo 111 AEAT forma parte de la llamada autoliquidación, proveniente de las deducciones efectuadas por medio del IRPF, teniendo la obligación de realizarlo los asalariados independientes, como son los empresarios y Administradores Públicos.

Indice

¿Qué es el Modelo 111 AEAT?

Este es un modelo que corresponde a la Declaración renta online, en la que se establece y se paga un tributo, denominado «a cuenta», dinero que posteriormente es devuelto a través de las retenciones y ganancias del IRPF. Este modelo le compete a todo aquel que practique una labor remunerada, así como también a los expertos en un área específica, autónomos y propietarios de compañías.

Este modelo va dirigido a las utilidades o beneficios de los trabajos, junto a estas se ubican las gratificaciones, compensaciones o bonificaciones. También delimitados beneficios del capital o bienes y regímenes especiales de tributación, como lo es la imputación de la renta, donde esta última tiene el objetivo de precisar respecto al pagador tributario, su importe del lucro recibido y su suficiencia monetaria.

¿Qué es una retención a cuenta del IRPF?

Llevas a cabo una retención a cuenta, del referido impuesto, cuando descuentas de la remuneración, a modo de adelanto para Hacienda, un monto de dinero, con el objetivo de garantizar el pago que le corresponde.

Esta retención se lleva a cabo directamente por nomina, para los empleados que laboran por cuenta ajena, mientras que, por medio de las facturas, para los que se sustentan por cuenta propia.

AEAT Modelo 111

La AEAT, corresponde a las siglas de la “Agencia Estatal de Administración Tributaria”, y de modo común simplemente se le nombra como “Agencia tributaria”. Dicha agencia se trata de un ente del Estado, que cumple el objetivo de gobernar o conducir, junto a regular, ajustar y ordenar, los diversos impuestos de obligatoriedad en España.

Entre los trámites que conduce este ente se encuentra el Modelo 111, el cual debe ser realizado tanto por los empresarios, como por los asalariados independientes. Dicho modelo se realiza de manera trimestral, y en caso de las grandes empresas y administraciones públicas, se debe realizar mensualmente.

Frecuencia de entrega

Tienes la obligación de realizar el llenado y entregar el AEAT Modelo 111, durante los 20 días posteriores a la culminación de cada trimestre del año. Esto quiere decir, que las fechas calendarios tanto de inicio como de cierre son las que se especifican a continuación:

  • Primer trimestre, desde el 01 hasta el 20 de abril.
  • Segundo trimestre, desde el 01 hasta el 20 de julio.
  • Tercer trimestre, desde el 01 hasta el 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre, desde el 01 al 20 de enero.

Por otro lado, en caso de que en algún trimestre el día de cierre corresponda a un día del fin de semana o feriado, la fecha de cierre se traslada al día lunes de la siguiente semana.

Siendo importante destacar que, si posees lo que se denomina “Grandes Empresas”, con estimación monetaria por encima de los 6 millones de euros, debes realizarlo y entregarlo con una frecuencia o periodicidad mensual, que también se le adjudica a las “Administraciones públicas”.

Manera de presentar el Modelo 111

El Modelo 111 AEAT, podrás presentarlo de las siguientes formas:

  • Telemático, para el caso de las Grandes Empresas y las Administraciones del campo público, e igualmente para la Sociedad de Responsabilidad Limitada y Anónimas.
  • Presencial y telemático, para el caso de personas físicas, sin incluir a los inscritos ante la Delegación Central de Grandes Contribuyentes.

¿Cómo llenar paso a paso el Modelo 111?

Los apartados que debes rellenar, haciendo uso de los libros contables, si eres el declarante, son los siguientes:

  • Identificación, que incluye el “Número de Identificación Fiscal, NIF”, de la persona que realiza la declaración, al igual que los “Apellidos o Razón social”- “Nombres”, “Periodo” y “Ejercicio de devengo”.
  • Respecto al “Periodo”, vas a colocar el año que declaras de autoliquidación. Por otra parte, en el “Ejercicio de devengo”, vas a colocar, según sea, 1T para el primer trimestre, 2T, para el segundo, 3T, para el tercero o 4T para el cuarto trimestre.
  • Si eres una de las Grandes Empresas, en las que también se acogen las Administraciones Publicas, deberás colocar: 01 si es para enero, 02 para febrero, 03 para marzo, 04 para abril y así sucesivamente, siendo el último de todos, el número 12 que corresponde al mes de diciembre. Dicho número corresponde al mes en el que te encuentras efectuando la declaración.
  • En la “Liquidación”, debes asentar, tanto las ganancias por las labores, como los beneficios por los trabajos monetarios, especificando si alguno llego a ser en especie.

Casillas

  • 01: Cuantía de personas físicas a las que les realizaste la retención, por ganancia laboral.
  • 02: Suma de los montos resultantes de cada nomina retenido por ganancia laboral.
  • 03: Valor general de las retenciones, debido a las ganancias por las labores.
  • 04, 05 y 06: Los mismos campos establecidos en los referidos a la 01, 02 y 03, con la diferencia, de que en estas se adjudican a los que efectuaste, por especie. Ejemplo de estos son los usuales seguros, capacitaciones, gratificaciones o apoyos, entre otros.
  • 07: Cuantía de personas a las que les realizaste la retención por los beneficios de trabajos ejecutados.
  • 08: Suma de los montos resultantes por beneficios de trabajos realizados.
  • 09: Valor general de las retenciones por beneficios de trabajos realizados.
  • 10, 11 y 12: Los mismos campos de los asentados en la 07, 08 y 09, pero en este caso, para las que hiciste por especie.

Segunda Parte

  • 13, 14 y 15: En estas colocaras los que tienen que ver con las gratificaciones monetarias.
  • 16, 17 y 18: En estas vas a asentar las gratificaciones referidas a especie.
  • 19, 20 y 21: En estas tres te corresponde registrar los recibimientos monetarios.
  • 22, 23 y 24: Por otra parte, en estas tres colocaras los recibimientos por especie.
  • 25: Cuantía de personas por régimen especial de atribución de beneficios.
  • 26: Suma de los pagos compromisos, tanto monetarios, como en especie, efectuados a satisfacción, en el lapso declarado. Estas ejecutadas a personas u organizaciones no residentes en la nación, pero que deben realizar el ingreso a cuenta.
  • 27: Importe completo de los ingresos a cuenta que se debe efectuar por las compensaciones referidas en la casilla anterior.
  • 28: Se asentará la adición de las que a continuación se especifican 03, 06, 09, 12, 15, 18, 21, 24 y 27. Siendo común que todas arrojen “0”, excepto la 03 y la 09, que son a las que se les realizara la adición.
  • 29: Su uso es solo complementario, donde debes asentar el monto de la declaración precedente, a la propia actividad y lapso.
  • 30: Es esta, colocarás el monto resultante de la resta entre la 28 y 29. Con lo cual, es el monto definitivo de la autoliquidación ejecutada.

¿Quién debe presentar ante Hacienda el Modelo 111 AEAT?

Tendrás el compromiso y deber de efectuar, así como también de consignar el Modelo 111 AEAT, siempre y cuando seas un trabajador por cuenta propia. Así como también, si eres un patrono, dueño de una empresa, experto en una labor o bien, si tienes una compañía, organización, corporación o consorcio.

Si formas parte de alguno de estos, en un lapso de tres meses continuos podrás realizar el descuento de una porción de las ganancias o provechos de tus trabajadores, y llevarlo a cabo mediante los recibos de expertos y adquisiciones variadas. En los casos en el que se emplea la retención del monto, son los que a continuación se detallan:

  • Ganancias por las labores, como lo es, por ejemplo, en los salarios, las liquidaciones y El finiquito.
  • Beneficios por los trabajos efectuados por especialistas, labores agrarias, de ganadería, forestales, sistema simplificado de tributos, propiedades intelectuales. Al igual que, negocios, seguros, cursos o capacitaciones, ayudas o apoyos, entre otros. Donde unos serán los monetarios y otros los que llegas a efectuar en especie, ubicándose donde le corresponde.
  • Gratificaciones diversas por intervención en competiciones, torneos, sorteos, entre otros.
  • Provecho de bienes recibidos por el usufructo forestal de patrimonio del Estado.

Por otra parte, también lo debes presentar si posees una de las llamadas “Grandes Empresas”, rubro que integran las “Administraciones Públicas”. Con la diferencia de que su periodicidad cambia a mensual.

Descargar Modelo 111

Para efectuar la descarga y llenado del Modelo 111 AEAT, debes dirigirte a la web de la Agencia Tributaria y pulsar “Sede Electrónica, todos los tramites online”, ubicada del lado superior derecho en la página de inicio.

Una vez hayas ingresado, te diriges a “Tramites destacados”, donde debes pulsar “Presentar y consultar declaraciones”. Seguidamente se va a desplegar otra ventana con el listado de todos los modelos disponibles. Procede a bajar el cursor y pulsa “Modelo 111”.

Con esta acción, se abrirá la siguiente ventana referente al modelo, donde deberás seleccionar el ítem correspondiente a “Presentación declaraciones ejercicio 2017 y siguientes”. Donde por consiguiente podrás ingresar al llenado de tu planilla, colocando los datos de tu “DNI o NIE”, o bien, con el referido a tu “Certificado o DNI electrónico”. Lo siguiente, es realizar el completo llenado, validación, firma, envío y pago del tributo que te sea adjudicado.

Es importante, que tengas conocimiento, que cuando lo llevas a cabo de manera telemática, puedes realizar tu pago online, si te corresponde “a pagar”, lo que significa que no deberás acudir a una agencia bancaria para consignar el mismo. Por otra parte, si tu resaltado es “negativo”, tampoco deberás presentarlo en físico ante la AEAT, porque todo se ejecuta a través del mismo medio ofrecido en la web.


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